2. La admisión de alumnado queda supeditada a la superación de la prueba específica de acceso.
3. Las plazas se adjudicarán de acuerdo con las calificaciones obtenidas en la prueba en orden decreciente.
4. En caso de empate, tendrá preferencia la o el aspirante que haya obtenido mayor nota en el segundo ejercicio de la prueba de acceso. Si aun así persistiera el empate, tendrá preferencia quien acredite mejor calificación en el requisito académico acreditado para el acceso según la siguiente prelación: Nota media de Bachillerato, calificación de la prueba de acceso para mayores de veinticinco años o calificación de la prueba de madurez para mayores de dieciocho años. A estos efectos, la calificación de "Apto" computará como una nota numérica de 5.
5. Si una vez finalizado el periodo de matriculación hubiera plazas disponibles, tendrán prioridad las solicitantes y los solicitantes que hayan superado las pruebas en dicho centro según el orden obtenido en la prueba específica.
6. Por último si quedaran plazas libres, estas podrán adjudicarse a otras personas solicitantes que hayan superado la prueba específica de acceso en otro centro por la misma especialidad.
7. En cumplimiento de lo establecido en el real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, se reservará un 3 por 100 de las plazas ofertadas para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre y cuando cumplan los requisitos académicos correspondientes y superen la prueba específica. A tal efecto, las personas candidatas con discapacidad deberán presentar certificado de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad expedido por el órgano competente en el momento de la inscripción, junto con el resto de la documentación.
8. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.4 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, se reservará un 3 por 100 de las plazas vacantes de nuevo ingreso para los deportistas que acrediten la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento, y que cumplan los requisitos académicos correspondientes y superen la prueba de acceso. Dicha reserva de plazas se calculará respecto al total de plazas de nuevo ingreso que oferte cada centro. En el caso de las enseñanzas cuya prueba de acceso específica esté estructurada por especialidades, itinerarios, instrumentos o estilos, se garantizará que los beneficiarios de dicha reserva podrán acceder a la especialidad, itinerario, instrumento o estilo por el que hayan superado la prueba de acceso específica.
9. En ningún caso podrán adjudicarse plazas en una especialidad diferente a aquella por la que las personas solicitantes hubieran superado la prueba de acceso.
10. La matrícula se realizará en la Escuela Superior de Arte Dramático y Danza DANTZERTI (Plaza Ibarrekolanda, 1), Bilbao o de forma telemática.